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Propuesta de aplicación de resultado.

Una última novedad es la inclusión de un nuevo art. 40.6 bis RD-ley 8/2020 por medio del cual se admite la posibilidad de cambiar la propuesta de aplicación de resultado contenida en la memoria de aquellas sociedades que hubieran formulado sus cuentas y convoquen la junta general ordinaria a partir de la entrada en vigor del RD-ley 11/2020, y que tiene su origen en el  Comunicado conjunto del Colegio de Registradores de España y de la CNMV en relación con las cuentas anuales y la propuesta de aplicación del resultado de sociedades mercantiles en el contexto de la crisis sanitaria derivada del COVID-19 , publicado el pasado 26 de marzo y que podéis leer  aquí .     En este caso, el órgano de administración debe justificar que el cambio se debe a la situación creada por el COVID 19 y acompañar un escrito del auditor en el que señale que no habría cambiado su opinión de auditoría si hubiera conocido en el momento de la firma la nueva propuesta. Para el caso de sociedades que ya t

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